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Normativa sobre el uso del casco en la bicicleta. PDF Imprimir E-mail

Actualmente se est谩 oyendo que entrar谩 en vigor el RD de Circulaci贸n y que podr谩n multar por no llevar el casco en bici.


Ante las preguntas recibidas por varias personas, publicamos la normativa al respecto. (TODO ESTO INDEPENDIENTEMENTE DE CONVENIENCIA O NO DE USARLO).
Espero que sea de vuestro inter茅s.
Este es articulo de la Normativa de Tr谩fico que trata del casco:

REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulaci贸n para la aplicaci贸n y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tr谩fico, circulaci贸n de veh铆culos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. (BOE 23/12/2003)



Cintur贸n, casco y restantes elementos de seguridad

Art铆culo 118. Cascos y otros elementos de protecci贸n.

Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estar谩n obligados a utilizar cascos de protecci贸n homologados o certificados seg煤n la legislaci贸n vigente, cuando circulen en v铆as interurbanas, (o sea, cuando se sale del pueblo o ciudad, ya que dentro de estos se trata de v铆as urbanas), salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones m茅dicas que se acreditar谩n conforme establece el art铆culo 119.3, o en condiciones extremas de calor.

Los conductores de bicicletas en competici贸n, y los ciclistas profesionales, ya sea durante los entrenamientos o en competici贸n, se regir谩n por sus propias normas.
Comentarios
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miguel 2010-07-13 11:30:29

los caminos no son vias interurbanas.
Las vias interurbanas son las carreteras locales, comarcales autonomicas, autovias -
Puedes ir por un camino y no es infraccion.
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