Las distintas normas jurídicas
que regulan la contaminación acústica reconocen, como
hecho constatado, que el exceso de ruido produce efectos
nocivos sobre la salud de las personas. Así, a los
ya conocidos efectos psicológicos como son el nerviosismo,
irritabilidad, ansiedad, estrés, falta de concentración,
cansancio, etc. se unen los fisiológicos, que consisten en
alteraciones del sueño, metabolismo, sistema nervioso central,
sistema neurovegetativo, circulatorio, etc.
Todos estos efectos se ven reflejados
en la vida diaria de la persona afectada, dando lugar a alteraciones
en el cumplimiento de su tarea diaria y, lo que es peor a un empobrecimiento
de la vida familiar, por un lado, debido a las tensiones entre la
pareja y, de la vida vecinal por otro, ya que asombrosamente, es
el único caso en el que el contaminado es el "malo de
la película".
El que sufre los efectos de la contaminación
acústica es el aguafiestas, el aburrido y el cenizo. ¿Se
diría lo mismo de los que sufren, verano tras verano, la
contaminación por el ozono troposférico? A estos se
les puede calificar de aguafiestas de la industria del automóvil
por cuanto este es el causante principal de la elevación
de los niveles de ozono en los meses de calor.
(...) Pero no nos confundamos. El
ruido es una forma de contaminación atmosférica
por forma de energía, pero contaminación al fin y
al cabo que produce daños, lesiones y secuelas al que la
sufre al igual que ocurre con la contaminación por formas
de materia. Por eso las normas jurídicas, desde leyes autonómicas
hasta ordenanzas municipales, han empezado a regular a fondo la
cuestión procurando evitar estos efectos nocivos en la salud.
La Ley estatal, mientras tanto, duerme el sueño de los justos
a pesar de los reiterados amagos de aprobación que realizan
los funcionarios del ministerio en las conferencias en las que participan.
A pesar de lo expuesto, muchos municipios
siguen sordos ante este problema siendo ellos los competentes para
el control y la vigilancia de los ruidos. Quien no ha visto, o mejor
oído, campar a las motos de pequeña cilindrada a sus
anchas, con el escape trucado para conseguir medio caballo mas,
pasando incluso delante de las orejas de la Policía Municipal
sin que estos ni siquiera se inmuten.
(...) Los Tribunales tampoco se han
quedado al margen del problema, aunque no lo han atajado de forma
decidida. Como en casi todo lo referido a Derecho medioambiental
han sido los tribunales europeos los que han cogido el toro por
los cuernos.
(...) Los Tribunales nacionales todavía
no atajan el problema de forma decidida, aunque ya existen algunas
resoluciones que basan su fallo en lo establecido por el TEDH y
otras que establecen inequívocamente la relación entre
el ruido y la salud como el Auto del Tribunal Supremo de 11 de mayo
de 1989 que dice "este Tribunal, como poder público
que es, esta conminado constitucionalmente a velar por ese medio
ambiente adecuado, lo que supone velar también por la salud
porque la contaminación acústica no sólo
impide el descanso sino también perjudica a la salud de todos
los que se ven sometidos a la incidencia de un número excesivo
de decibelios".
El mandato constitucional que relata
la sentencia se refiere a lo establecido en el artículo 45.2
que es un mandato a los poderes públicos para que velen por
la protección y mejora de la calidad de vida y defiendan
y restauren el medio ambiente. Pues bien, este mandato lo están
incumpliendo sistemáticamente la mayoría de los municipios
ya que velar por el medio ambiente acústico, principal contaminante
de los centros urbanos, es dotar a los órganos encargados
de del control y vigilancia de los medios técnicos adecuados
para ello, es decir de simples sonómetros sin los cuales
se hace imposible desarrollar sus competencias en la materia.
(...) En definitiva que el ruido produce
graves impactos en la salud física y psíquica de las
personas, en sus relaciones familiares y vecinales, en el valor
patrimonial de la vivienda afectada y en los derechos fundamentales
a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio.
Por ello, los municipios tienen que afrontar el problema de forma
decidida y con medidas de gran calado ya que, con su insensibilidad
están generando grandes problemas en la población
afectada, que por otra parte se están uniendo como grupo
de presión y que están haciendo imparables sus pretensiones.
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