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PLATAFORMA CARRIL BICI DE CÓRDOBA

El ruido perjudica seriamente la salud
(Por Jorge Pinedo Hay, Abogado)

 

Las distintas normas jurídicas que regulan la contaminación acústica reconocen, como hecho constatado, que el exceso de ruido produce efectos nocivos sobre la salud de las personas. Así, a los ya conocidos efectos psicológicos como son el nerviosismo, irritabilidad, ansiedad, estrés, falta de concentración, cansancio, etc. se unen los fisiológicos, que consisten en alteraciones del sueño, metabolismo, sistema nervioso central, sistema neurovegetativo, circulatorio, etc.

Todos estos efectos se ven reflejados en la vida diaria de la persona afectada, dando lugar a alteraciones en el cumplimiento de su tarea diaria y, lo que es peor a un empobrecimiento de la vida familiar, por un lado, debido a las tensiones entre la pareja y, de la vida vecinal por otro, ya que asombrosamente, es el único caso en el que el contaminado es el "malo de la película".

El que sufre los efectos de la contaminación acústica es el aguafiestas, el aburrido y el cenizo. ¿Se diría lo mismo de los que sufren, verano tras verano, la contaminación por el ozono troposférico? A estos se les puede calificar de aguafiestas de la industria del automóvil por cuanto este es el causante principal de la elevación de los niveles de ozono en los meses de calor.

(...) Pero no nos confundamos. El ruido es una forma de contaminación atmosférica por forma de energía, pero contaminación al fin y al cabo que produce daños, lesiones y secuelas al que la sufre al igual que ocurre con la contaminación por formas de materia. Por eso las normas jurídicas, desde leyes autonómicas hasta ordenanzas municipales, han empezado a regular a fondo la cuestión procurando evitar estos efectos nocivos en la salud. La Ley estatal, mientras tanto, duerme el sueño de los justos a pesar de los reiterados amagos de aprobación que realizan los funcionarios del ministerio en las conferencias en las que participan.

A pesar de lo expuesto, muchos municipios siguen sordos ante este problema siendo ellos los competentes para el control y la vigilancia de los ruidos. Quien no ha visto, o mejor oído, campar a las motos de pequeña cilindrada a sus anchas, con el escape trucado para conseguir medio caballo mas, pasando incluso delante de las orejas de la Policía Municipal sin que estos ni siquiera se inmuten.

(...) Los Tribunales tampoco se han quedado al margen del problema, aunque no lo han atajado de forma decidida. Como en casi todo lo referido a Derecho medioambiental han sido los tribunales europeos los que han cogido el toro por los cuernos.

(...) Los Tribunales nacionales todavía no atajan el problema de forma decidida, aunque ya existen algunas resoluciones que basan su fallo en lo establecido por el TEDH y otras que establecen inequívocamente la relación entre el ruido y la salud como el Auto del Tribunal Supremo de 11 de mayo de 1989 que dice "este Tribunal, como poder público que es, esta conminado constitucionalmente a velar por ese medio ambiente adecuado, lo que supone velar también por la salud porque la contaminación acústica no sólo impide el descanso sino también perjudica a la salud de todos los que se ven sometidos a la incidencia de un número excesivo de decibelios".

El mandato constitucional que relata la sentencia se refiere a lo establecido en el artículo 45.2 que es un mandato a los poderes públicos para que velen por la protección y mejora de la calidad de vida y defiendan y restauren el medio ambiente. Pues bien, este mandato lo están incumpliendo sistemáticamente la mayoría de los municipios ya que velar por el medio ambiente acústico, principal contaminante de los centros urbanos, es dotar a los órganos encargados de del control y vigilancia de los medios técnicos adecuados para ello, es decir de simples sonómetros sin los cuales se hace imposible desarrollar sus competencias en la materia.

(...) En definitiva que el ruido produce graves impactos en la salud física y psíquica de las personas, en sus relaciones familiares y vecinales, en el valor patrimonial de la vivienda afectada y en los derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad del domicilio. Por ello, los municipios tienen que afrontar el problema de forma decidida y con medidas de gran calado ya que, con su insensibilidad están generando grandes problemas en la población afectada, que por otra parte se están uniendo como grupo de presión y que están haciendo imparables sus pretensiones.

Tanto este documento como muchos otros relacionados se pueden consultar en ruidos.org

 


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